REVISIÓN SALARIAL
El IPC que corresponde al año 2010 ha sido, según el índice oficial definitivo del 3%. Por lo tanto, la diferencia entre el IPC previsto (1%) y el IPC real (3%) es del 2%.
Según la Cláusula de Revisión Salarial vigente en el Convenio Colectivo, corresponde que los salarios se revisen e incrementen en este porcentaje: el 2%.
Por ello, la empresa debe pagar a todos los trabajadores el 2% de las cantidades que corresponden segun salario anual de cada uno.
Esto demuestra que no íbamos muy desencaminados los que pedíamos aumento salarial por encima del IPC.
Y demuestra también la importancia de preservar la Cláusula de Revisión Salarial, que se ve constantemente amenazada como otros derechos, como la Paga de Beneficios que hemos cobrado este mes de Enero, y que ya intentaron no pagar el año anterior.
Otros derechos ya han conseguido eliminarlos en virtud del Acuerdo de UGT de producción y empleo, que la empresa ha incumplido totalmente. Derechos como el aumento de salario por encima del IPC , el Plan de pensiones para los trabajadores jóvenes, las 4 semanas en verano, los comedores amenazados de cierre, y otros que contenía la firma de ese Acuerdo.
Para que la Cláusula de Revisión y la Paga de Beneficios no corran la misma suerte que los derechos perdidos por el Acuerdo y para recuperar estos, en CC.OO. creemos que será muy importante el resultado de las Elecciones Sindicales convocadas para el 16 de Febrero de este año.
tota la puta vida curant i pagant al sindicat ugt me queda molt poc buic dir quina vergoña de ugt.
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